Miembro del Colectivo Prometeo,
Frente Cívico "Somos Mayoría" y
Stop Desahucios Córdoba
Desde hace más de veinte años, los
gobiernos de todos los ámbitos y colores han hecho una apuesta por un sistema
productivo basado de una manera temeraria en la construcción de viviendas. No
sólo con los fines que le son propios, sino destinadas a la inversión
especulativa.
La fiebre del ladrillo fue un
fenómeno del que han presumido gobiernos de los dos colores posible. Un
fenómeno que no hubiera sido posible sin las leyes y prácticas que, por
separado y en su conjunto, han supuesto la aniquilación, por parte de los
poderes del Estado, del artículo 47 de la Constitución. Este artículo, que
protege el derecho de todos a una vivienda digna, ordena a los poderes públicos
hacer imposible la especulación inmobiliaria.
Hoy nadie discutirá que los poderes
públicos no han hecho nada por velar por ese derecho de todos los ciudadanos, y
sí que han trabajado activamente en su contra. La reciente sentencia del
Tribunal de Justicia Europeo viene a añadir que los españoles hemos estado
indefensos ante los abusos en la contratación hipotecaria, ante la que no sólo
no ha existido control de las instituciones, sino imposibilidad de ponerle
remedio cuando ya se había producido.
El resultado, hoy evidente, es que
el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria obstaculiza la defensa del
deudor, y vulnera la directiva 93/13 sobre derechos de los consumidores. Añado yo
que desconoce u obvia conscientemente el artículo 24 de la Constitución
(derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías,
sin indefensión).
Pero además, las ejecuciones masivas
derivan de la mayor tasa de desempleo de Europa que imposibilita afrontar los
pagos de sus viviendas y conllevan a la práctica de desalojos forzosos masivos.
En el marco del PIDESC (Plan Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales) esta situación conculca gravemente otros derechos humanos como “…el
derecho a la vida, el derecho a la seguridad personal, el derecho a la no
injerencia en la vida privada, la familia y el hogar,…“, (Observación General
n° 7 del Comité de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales).
Tras la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo, la situación tiene que cambiar necesariamente de forma
radical. Se lo deberemos a Aziz, el ciudadano marroquí residente en Barcelona,
que ha seguido peleando incluso después de perder su vivienda. Ha tenido la
suerte de encontrar a un juez que se cuestionó si era abusivo y opuesto al
derecho europeo que, no poder pagar una cuota de un crédito a 33 años, suponga
darlo todo por vencido anticipadamente; si no es un obstáculo al derecho de los
consumidores que, por ejemplo, esta cláusula de vencimiento anticipado no pueda
ser declarada abusiva, ni siquiera alegada en su defensa por el ciudadano
hipotecado en el procedimiento que le echará de su casa. Sometió el juez a
cuestión prejudicial, además, si los intereses de demora eran abusivos. Y por
último, preguntó si no poder oponerse ante la liquidación de la deuda que el
banco presenta, aplicando estas y otras muchas cláusulas abusivas, se oponía
opuesto a la Directiva 93/13 CE.
Doy por sabida la respuesta del
Tribunal. Han sido muchos juristas los que, de forma creciente, han puesto en
evidencia la desproporción y parcialidad de nuestras leyes. Entre ellos, los
abogados de las familias afectadas, unidas en plataformas y los Grupos Stop
Desahucios que nacieron al calor del movimiento 15M y prendieron en la fértil
dignidad de miles de ciudadanos.
La sentencia que deja en evidencia
nuestras leyes, tenía y tiene fuerza obligatoria general. Ahora no hay excusa
para paralizar procedimientos ilegales y declarar, incluso de oficio, la
nulidad de las actuaciones desde la admisión a trámite de las demandas
ejecutivas.
El Derecho Comunitario ha amparado a
los desamparados por el derecho nacional. Esta vergüenza nacional debe hacernos
reflexionar colectivamente, y preguntarnos si la norma era clara y aplicable.
- ¿Por qué
no lo ha sido a fin de protegernos de los abusos en la contratación
hipotecaria?
- ¿Por qué
las leyes procesales han impedido a los ciudadanos acudir a los jueces en
esos casos?
- ¿Dónde
estaban los poderes del estado desde hace veinte años?
- ¿Ha
existido complicidad con la banca de todos los gobiernos desde 1993?
- ¿Por qué
el Tribunal Constitucional avaló normas que violan derechos
constitucionales?
- Y, por
último, ¿las PAH y los Grupos Stop Desahucios tendremos que seguir
pidiendo que se apoye la ILP sobre dación en pago firmada por millón y
medio de españoles?
Cada uno debe atenerse a los hechos
y sacar sus propias conclusiones pensando en salidas y respuestas de futuro que
no nos mantengan en el engaño. Ya hemos tenido bastante.
Si se puede si seguimos adelante, si seguimos en la razón y el esfuerzo, desde luego que si se puede, excelente escrito.
ResponderEliminarGente como tú Manuel, es la que mantiene la esperanza en la justicia real, no en una justicia inventada por unos cuantos para su propia conveniencia...ya sabes que somos muchos los que estamos a tu lado y te agradecemos esa labor encomiable que realizas junto a otra gente de tu misma categoría humana...te recuerdo con un cariño enorme mi querido amigo Manuel.
ResponderEliminarBlanca Molina Romero.