viernes, 13 de septiembre de 2024

El Bien Común

 

Ambrogio Lorenzetti: Alegoría del Buen Gobierno


Remedios Copa
Colectivo Prometeo

Para hablar con propiedad del “bien común” es preciso acotar ciertos matices y desde luego será difícil hacerlo correctamente sin tener en cuenta también “los bienes de lo común”.

Entre los muchos sentidos que se ha dado al término “bien común” tenemos diferentes enfoques desde los campos de la política, la filosofía social, el derecho y también la economía. En general podemos decir que se trata de algo que es beneficioso para toda la comunidad o para la sociedad en su conjunto. Se entiende que responde al interés público en contraposición al bien privado e interés particular; por esa razón entiendo que difícilmente se puede hablar de bien común sin tener en cuenta el uso que se haga de los bienes comunes porque existen entre ambos conceptos muchas ligazones, sobre todo cuando entra en juego la economía y el paradigma en el que se desarrolle y los poderes que la controlen.

Con el concepto de bien común se ha relacionado a lo largo de la historia a los bienes materiales e inmateriales que no se circunscriben a una persona sino que se remiten a todos y cada uno de los miembros de la sociedad. Según Platón, por ser un bien de todos, no puede ser considerado un bien de la mayoría puesto que su esencia consiste en que todos los miembros de esa sociedad lo disfruten. Aristóteles también abordó el bien común e hizo referencia a su relación con los gobernantes.

Desde el punto de vista de la economía, también lo aborda el premio Nobel de Economía, Jean Tirole, en su libro “La economía del bien común”, aunque lo deriva a la referencia de la legislación y las normas sociales que a través de ella se puedan imponer a los ciudadanos en una economía de mercado; una economía en la que el consumidor es casi siempre la víctima de quienes esquilman los bienes comunes y no el sujeto del bien común como tal.

Ninguna de las teorías económicas da una verdadera respuesta ética ni eficaz a los principios del bien común y al uso de los bienes del común. Adam Smith, en “La riqueza de las naciones”, aprovecha la búsqueda del interés personal para obtener eficacia económica. Arthur Pigout, autor de “La economía del bienestar” introdujo en 1920 el concepto de “quien contamina Paga”, tratando de derivar del Estado liberal a los actores económicos la responsabilidad y solidaridad. Y ya sabemos cómo termina la aplicación de esas normas y a qué ha conducido.

Autores, como Hegel, abordan el concepto en relación a una situación particular en la que el sujeto procede materializando las normas y valores de la vida ética; se trataría de unos valores determinados de forma racional que den coherencia a los diferentes intereses individuales. Tarea difícil, prácticamente imposible en el actual paradigma neoliberal que impera en la globalización.

Si lo queremos ver desde el punto de vista del derecho, su implementación el bien común no puede escapar a los Principios Generales del Derecho y los Derechos Humanos. El bien común ha de responder  a las condiciones sociales de Justicia, Paz y Libertad, a las que no ha de faltar el acceso al conjunto de bienes materiales, educativos y éticos y la equidad en su reparto.

Actualmente las consecuencias políticas, sociológicas y culturales están generando un profundo malestar frente al aumento de las brechas sociales, la injusticia, el desempleo, destrucción de la naturaleza y abusos de poder, están generando desequilibrios que generan protestas y movilizaciones sociales en diferentes puntos del planeta.

No se puede obviar que uno de los mayores ataques al bien común es el uso y apropiación ilegal e ilícita de los bienes comunes, que son explotados y/o destruidos por intereses privados de corporaciones empresariales y fondos buitres, para su único beneficio económico, esquilmando recursos escasos que pertenecen a una comunidad, un país, o a la humanidad entera, destrozando ecosistemas, contaminando el suelo, el aire y el agua, provocando el cambio climático y poniendo en peligro la salud de las personas y la vida en el planeta.

¿Cómo es posible que se permita a una empresa privada contaminar el suelo, los mares y océanos, el aire y los acuíferos, que pertenecen a la humanidad entera, (incluida su flora y fauna), o que se los apropien en su propio beneficio privado? ¿Cómo justificar lo que no tiene justificación posible? ¿Cómo un Gobierno puede legalizar un apropiamiento ilícito de bienes comunes de la comunidad que tiene obligación de defender?

¿Cómo se puede justificar, apoyar y destinar dinero público a un proyecto privado como ALTRI en Galicia? Un proyecto que se va a apropiar de 16.000.000 de metros cúbicos de agua diarios y devolver al río 30.000.000 de metros cúbicos contaminados en pleno corazón de Galicia, alterando la forma de vida de una comunidad, destruyendo su economía, el medioambiente y la biodiversidad de una zona paisajística privilegiada, y reserva de varias especies protegidas. Los efectos negativos alcanzarán toda la ría de Arosa y, a nivel de salud, la contaminación afectará a toda Galicia.

Lo mismo se podría decir de la implantación de los parques eólicos indiscriminadamente y sin informes medioambientales previos ni evaluación de consecuencias en zonas protegidas, otras de alto valor paisajístico, o incluso en las rías como está previsto.

 A estos movimientos hay que añadir las reacciones internacionales a los ataques indiscriminados a la población civil, saltándose las leyes y el derecho internacional en países en guerra en los que se están llevando a cabo auténticos genocidios.

Vamos, que la protección  del “bien común” y de “los bienes del común” va viento en popa en el planeta.

 

 

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