Tal vez algo tenga que ver como dice la jueza argentina María Servini, que “toda la estructura represiva montada por el régimen franquista siguió funcionando bajo la dirección de la nueva dirigencia política a cargo de la transición…”.Y eso también tuvo repercusión en la permanencia de Jueces del franquismo en las instituciones judiciales.
Todavía está reciente la disconformidad de la declaración del Comité de Derechos Humanos de la ONU con el Tribunal Supremo en relación con la inhabilitación del juez Baltasar Garzón, que concluye que el Tribunal Supremo vulneró su presunción de inocencia y se saltó las preceptivas garantías de un proceso judicial. Dicho proceso tuvo lugar en 2012, cuando Garzón instruía desde la Audiencia Nacional el caso Gürtel y el TS le condenó a 11 años de inhabilitación por pinchar los teléfonos a abogados de los principales acusados de la Gürtel; cumple decir al respecto que orden de pinchar dichos teléfonos se adoptó a petición de la policía que investigaba el caso y contó con el respaldo de la Fiscalía, que también valoró indicios de actividad delictiva en los letrados. Dicha actividad, (la escucha), estaba permitida por la Ley General de Penitenciaría. Por esa razón, el Comité de Derechos Humanos pide explicaciones al Gobierno de España e insta al Estado español a “una reparación integral que borre los antecedentes penales de Garzón y le proporcione la compensación adecuada por el daño sufrido al haber arruinada su carrera”. La indefensión creada a Garzón y la falta de imparcialidad de quienes le juzgaron viola su presunción de inocencia, a juicio de dicho Comité, porque infringe el art.14, párrafo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.