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Daumier: Les gens de la Justice |
José Antonio Martín Pallín
En estos tiempos revueltos conviene recordar a Cesare de Bonesana, Marqués de Beccaria, que en el siglo XVIII decidió enfrentarse a los resabios inquisitoriales y autoritarios publicando su imperecedera obra De los delitos y las penas. Nos advertía que no es la crueldad de las penas uno de los más grandes frenos de los delitos. Añadía, para recuerdo de algunos, que los jueces no son legisladores.
Con motivo de la publicación de la ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, se ha desencadenado un terremoto político, potenciado mediáticamente, que ha conseguido inocular en amplios sectores de la opinión pública una sensación de temor, absolutamente ficticia, ante el bulo de la excarcelación masiva de depredadores sexuales y criminales peligrosos. Una lectura sosegada y limpia del texto de la Ley nos lleva a la conclusión contraria.
La ley consta de una Exposición de Motivos ampliamente desarrollados que la justifican en función de una serie de experiencias internacionalmente compartidas y del Convenio de Estambul suscrito por España. En ella se dice que: "En su expresión física y también simbólica, las violencias sexuales constituyen quizá una de las violaciones de derechos humanos más habituales y ocultas de cuantas se cometen en la sociedad española, que afectan de manera específica y desproporcionada a las mujeres y a las niñas, pero también a los niños".