El
pasado 9 de Septiembre Vincent Peillon Ministro de la Educación
Nacional de Francia inauguró solemnemente en un instituto de la
región parisina en la Ferté Sous Jouarre la colocación del Cartel de
la Carta
de la Laicidad en la Escuela en
15 puntos donde se recuerda al profesorado y al personal en general
así como a los alumnos, como a los padres cuales son los conceptos
de convivencia y de tolerancia de la laicidad que deberían regir
nuestras conductas . Una iniciativa aplaudida por todo el abanico
político en Francia ( de la cual podría inspirarse su colega español ,un tal Wert , que ni sabe cómo se escribe
“laisydad”).
Comentario
y traducción de Apure YVORRA
Carta
de la Laicidad en la Escuela
Ferté‐sous‐Jouarre
Lunes, 9 de septiembre de 2013
Refundar la Escuela de la
República, es volver a darle todo su papel en la transmisión del
bien común y de las reglas, principios y valores que la fundamentan.
Porque la República lleva una exigencia de razón y de justicia,
corresponde a la Escuela francesa de contribuir a la edificación de
la cosa común, de la igualdad, de la libertad y de la fraternidad.
Se trata de acompañar a los alumnos en su devenir de ciudadano sin
herir ninguna conciencia: es la esencia misma de la laicidad.
La
vocación de la carta que ustedes tienen en sus manos, publicadas en
nuestras escuelas, nuestros colegios, nuestros liceos, es no sólo
para recordar las reglas que nos permiten de convivir juntos en el
espacio escolar, pero sobre todo para ayudar a cada uno a comprender
el sentido de estas reglas, para apropiarse de ellas y
respetarlas.La
laicidad de la Escuela no es una traba a la libertad, sino la
condición de su realización. Jamás está dirigida contra los
individuos ni contra su conciencia, pero sí garantiza la igualdad de
tratamiento de todos los alumnos y la igual dignidad para todos los
ciudadanos. Negando todas las intolerancias y todas las exclusiones,
es el fundamento del respeto mutuo y de la fraternidad.
Es el papel de cada uno de
nosotros y es la misión de la Escuela republicana, de hacer
compartir los valores que nos elevan y nos unen.
El Ministro de la educación
nacional
Vincent Peillon
Carta
de la laicidad en la escuela
1/ Francia
es una República indivisible, laica, democrática y social.
Asegura la igualdad ante la ley,
en el conjunto de su territorio, de todos los ciudadanos. Respeta
todas las creencias.
2/
La República laica organiza la
separación de las religiones y del Estado.
El Estado es neutro con respecto
a las convicciones religiosas o espirituales. No hay religión de
Estado.
3/
La laicidad garantiza la libertad de conciencia a todos.Cada
uno es libre de creer o de no creer. Permite
la libre expresión de sus convicciones, dentro del respeto de las de
los demás y dentro de los límites del orden público.
4/
La laicidad permite el ejercicio de la ciudadanía, conciliando la
libertad de cada uno con la
igualdad y la fraternidad de todos con
la preocupación del interés general.
5/ La República asegura en los
establecimientos escolares el respeto de cada uno de estos
principios.
6/
La laicidad de la Escuela ofrece a los alumnos las condiciones para
forjar su personalidad, ejercer su libre albedrío y hacer el
aprendizaje de la ciudadanía.Los
protege de todo proselitismo y de toda presión que
los impediría de hacer sus propias elecciones.
7/
La laicidad asegura a los alumnos el acceso a una
cultura común y compartida.
8/
La laicidad permite el ejercicio dela
libertad de expresión de
los alumnos dentro de los límites del buen funcionamiento de la
Escuela como del respeto de los valores republicanos y del pluralismo
de las convicciones.
9/
La laicidad implica el
rechazo de todas las violencias y de todas las discriminaciones,
garantiza la
igualdad entre las chicas y los chicos y
se fundamenta sobre una cultura del respeto y de la comprensión del
otro.
10/ Le
incumbe a todo el personal transmitir a los alumnos el sentido y el
valor de la laicidad, así
como otros principios fundamentales de la República. Velan por su
aplicación en el marco escolar.
Les corresponde poner la presente
carta al conocimiento de los padres de los alumnos.
11/ El
personal tiene un estricto deber de neutralidad:
no debe manifestar sus convicciones políticas o religiosas en el
ejercicio de sus funciones.
12/ Las
enseñanzas son laicas.
Con el fin de garantizar a los alumnos la abertura la más objetiva
posible a las diversas visiones del mundo así como a la extensión y
a la precisión del saber,ningún
tema es excluido a priori del cuestionamiento científico y
pedagógico.
Ningún alumno puede invocar una
convicción religiosa o política para discutirle a un profesor el
derecho de tratar una cuestión del programa.
13/ Nadie puede prevalerse de su
pertenencia religiosa para negarse a conformarse a las reglas
aplicables en la Escuela de la República.
14/
En los establecimientos escolares públicos las reglas de vida de los
diferentes espacios, precisadas en el reglamento interior, son
respetuosas de la laicidad. Está prohibido llevar objetos o prendas por los cuales los alumnos
manifiestan ostensiblemente una pertenencia religiosa.
15/
Por sus reflexiones y sus actividades,los
alumnos contribuyen en hacer vivir la laicidad en
el seno de su Centro.
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La Nación confía a la Escuela
La misión de hacer compartir a
los alumnos los valores de la República.
Carta
de la laicidad en la Escuela
Valores
y símbolos de la República
Circular
que será publicada en el Boletín oficial de la educación nacional
La carta de la laicidad en la
Escuela, cuyo texto esta adjunto a la presente circular, ha sido
elaborada para el personal, los alumnos y el conjunto de los miembros
de la comunidad educativa. En un lenguaje accesible para todos, esta
carta explica los sentidos y lo que está en juego del
principio de laicidad en la Escuela, en su relación con los otros
valores y principios de la República. Ofrece así un soporte
privilegiado para enseñar, hacer compartir y hacer respetar estos
principios y estos valores, misión confiada a la Escuela por la
Nación y reafirmada en la ley de orientación y de programación
para la refundación de la Escuela de la República del 8 de julio de
2013.
Adaptada a las especificidades de
la misión educativa de la Escuela, la Carta de la laicidad en la
Escuela pretende reafirmar la importancia de este principio
indisociable de los valores de libertad, de igualdad y de fraternidad
expresados por la divisa de la República francesa. La laicidad sufre
demasiado a menudo de desconocimiento o de incomprensión. Este texto
permite comprender su importancia, como respaldo de las libertades
individuales y valores comunes de una sociedad que sobrepasa e
integra sus diferencias, para construir juntos, su futuro. La
laicidad debe ser comprendida como un valor positivo de emancipación
y no como una coacción que vendría para limitar las libertades
individuales. Jamás es dirigida contra individuos o religiones, pero
garantiza el tratamiento igual de todos los alumnos y la dignidad
igual de todos los ciudadanos. Es una de las condiciones esenciales
del respeto mutuo y de la fraternidad. Este texto se empeña también
a mostrar el papel de la Escuela en la transmisión del sentido y de
lo que está en juego con la laicidad. La transmisión de este
principio por la Escuela es indispensable para permitir el ejercicio
de la ciudadanía y la abertura de la personalidad de cada uno,
dentro del respeto de la igualdad de los derechos y de las
convicciones y en la conciencia común de una fraternidad compartida
alrededor de los principios fundadores de nuestra República.
En las escuelas y los
establecimientos públicos de enseñanza del segundo grado, se pide
de proceder a una exposición visible de la Carta de la laicidad en
la Escuela. La transmisión de los valores y los principios de la
República requiere además, en el conjunto de los establecimientos
de enseñanza, una exposición visible de sus símbolos - bandera y
divisa especialmente - así como de la Declaración de los Derechos
de hombre y del Ciudadano del 26 de agosto de 1789. La Carta de la
laicidad en la Escuela tomará así todo su sentido, en coherencia
con el artículo 3 de la ley del 8 de julio de 2013, codificado con
el artículo L.111-1-1-del código de la educación, que conviene
poner en ejecución en coordinación con las colectividades
territoriales.
En todas las escuelas y todos los
establecimientos escolares, estas disposiciones deben ser acompañadas
por una pedagogía de la laicidad y de otros principios y los valores
de la República, que se apoya particularmente en la Carta de la
laicidad en la Escuela y que permita a la comunidad educativa
apropiarse.
1
Carta de la laicidad en la Escuela:
Exposición de la carta
En las escuelas y los
establecimientos de enseñanza del segundo grado público, la Carta
de la laicidad en la Escuela será expuesta de forma visible por todos. preferentemente en los lugares de atención al público y de paso.
Con este fin se han enviado carteles de gran
tamaño estando a disposición del conjunto de las
escuelas y de los establecimientos. Estos carteles están también
disponibles, en cualquier cantidad, cerca de los centros regionales
de documentación pedagógica (CRDP). En el portal Internet Eduscol,
la Carta de la laicidad en la Escuela es descargable en un tamaño
manejable y propicio a su difusión más numerosa posible y a su
apropiación por el conjunto de la comunidad educativa.
Es deseable que la fijación de
la Carta de la laicidad en la Escuela en los locales escolares
revista un carácter solemne y constituya un momento fuerte en la
vida de las escuelas y de los establecimientos. El texto de la Carta
de la laicidad en la Escuela deberá, a todo menos, ser llevado en
los mejores plazos al conocimiento del conjunto de los miembros de la
comunidad educativa.
Corresponde en prioridad a los
jefes de establecimiento y directores de escuela de asegurar no sólo
la fijación, sino también la difusión de esta carta, acerca del
conjunto de la comunidad educativa, así como colaboradores locales
de la Escuela, particularmente actores educativos y representantes
asociativos . Les queda también por reflexionar con el conjunto de
los equipos pedagógicos sobre los medios de hacer vivir la reflexión
sobre la laicidad en su establecimiento, a partir de esta carta. Los
miembros de los cuerpos de inspección lo incluirán en su
acompañamiento pedagógico. Los consejeros principales educativos,
los referentes "vida de Liceo" y los profesores principales
darán a los alumnos, particularmente a los alumnos elegidos, los
medios de cogerse a este texto y, por ahí, de participar activamente
en el conocimiento del principio de laicidad en el seno de su
establecimiento escolar.
Difusión, apropiación
Los medios de una difusión y de
una apropiación de la carta pueden ser los siguientes.
Es recomendado adjuntar la Carta
de la laicidad a la Escuela al reglamento interior. Su presentación
a los padres en el momento de las reuniones anuales del inicio del
curso escolar será la ocasión, para los directores y directoras de
escuelas, y para los jefes de establecimiento, de dar a conocer la
carta, de explicar el sentido y de hacerla respetar.
En las diferentes instancias de
los establecimientos escolares (consejo de escuela y consejo de
administración), la Carta de la laicidad en la Escuela alimentará
las reflexiones y los cambios propios a inspirar un eje del proyecto
de escuela o de establecimiento. Las modalidades de su utilización a
usos y fines pedagógicos serán objeto de proposiciones de los
consejos pedagógicos. Por fin los consejos de la vida del instituto
de segunda enseñanza y los consejos de la vida colegiala serán unos
lugares de impulso de actividades que pretenderán hacer vivir la
laicidad en el seno de los establecimientos por la iniciativa de los
alumnos mismos, así como el artículo 15 de la carta los invita.
Recursos para una pedagogía de
la Carta de la laicidad en la Escuela
La necesaria maestría por los
alumnos del principio de laicidad y de los valores que fundamentan
nuestra
República requiere una pedagogía
que les haga conocer, comprender y compartir.
La Carta de la laicidad en la
Escuela es un vector privilegiado, sea estudiada en el marco de las
enseñanzas, particularmente en instrucción cívica y moral, en
educación cívica, en educación cívica, jurídica y social luego,
a partir del curso 2015, en la enseñanza moral y cívica, en la hora
de vida de clase o todavía que sea destacada en el marco de acciones
educativas.
La Carta de la laicidad en la
Escuela ha sido elaborada con la intención de permitir su pedagogía.
Enuncia en un lenguaje simple los
significados del principio de laicidad, reglas que emanan de eso y de
su bien fundado clarificando, para la comprensión de todos, las
garantías que este principio aporta al ejercicio de la libertad, al
respeto de la igualdad, en favor del interés general y a la
fraternidad.
Los cinco primeros artículos
recuerdan los principios fundamentales de la República indivisible,
laica, democrática y social y el fundamento sólido que la laicidad
ofrece a la plenitud de estos valores. Los diez artículos siguientes
explican lo que debe ser la laicidad de la Escuela, que asegura a los
alumnos el acceso a una cultura común y compartida. La neutralidad
de los personales y la laicidad de las enseñanzas son recordadas, lo
mismo que las reglas de vida, respetuosas de la laicidad, en los
diferentes espacios de los establecimientos escolares públicos.
En complemento del texto de la
carta, documentos ofrecen pistas precisas y desarrolladas para
facilitar su lectura y su estudio. Estos documentos constituyen
recursos que permiten acompañar su puesta en ejecución por el
personal. Son descargables sobre el sitio Eduscol y constan
particularmente de un comentario del preámbulo de cada uno de los
quince artículos de la carta, de un facículo que reúne los textos
de referencia y las pistas bibliogáficas, por fin de un guía de
entrada por los programas a partir de palabras claves.
A todo lo largo del curso escolar
2013-2014, la sitio Eduscol será alimentado con recursos pedagógicos
sobre el tema de la laicidad.
2
Visibilidad de los símbolos
De la República en la Escuela
Puesta en ejecución del artículo
L. 111-1-1 del código de la educación
Con el fin de poner en ejecución
el artículo L. 111-1-1 del código de la educación, cuyas
disposiciones se aplican a las escuelas y los establecimientos
públicos y privados de enseñanza del segundo grado bajo contrato,
corresponde a los jefes de establecimiento, a las directoras y
directores de escuela y a las directoras y directores de
establecimiento de enseñanza privado bajo contrato:
-
De una parte, en coordinación con las colectividades territoriales,
de tomar las disposiciones necesarias
Para que la divisa de la
República y las banderas tricolores y europeas sean fijadas sobre la
fachada;
- Por otra parte colocar dentro
de los locales la Declaración de los Derechos del hombre y del
Ciudadano, de manera visible y en lugares accesibles al conjunto de
la comunidadEducativa. Tienen que privilegiar los lugares de paso y
de atención al público. Con este fin carteles de granamaño estarán
disponibles cerca de los centros regionales de documentación
pedagógica (CRDP). La Declaración del 26 de agosto de 1789, así
como una libreta pedagógica elaborada por el CNDP, también son
descargables sitio Internet. Eduscol.
Las indicaciones relativas a las
normas en materia de empavesado y en materia de inscripción de la
divisa serán objeto de una instrucción ministerial separada y serán
las únicas que darán fe. Toda solicitación comercial relativa a la
puesta en ejecución del artículo L. 111-1-1 del código de la
educación debe ser considerada con prudencia.
El Ministro de la educación
nacional
Vincent Peillon
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